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Golpe 2.0

  • La Constitución es clara al señalar que los congresistas no estamos sujetos a mandato imperativo ni a interpelación.



“Se podría decir que en la Constitución nada hay pequeño, que todo es en ella grande y sagrado, porque todo es constitucional, y que el artículo que fuera de la Carta sería muy poca cosa, importa mucho colocado en ella por el lugar que ocupa, por el enlace que tiene con los otros, y porque infringiendo uno solo quedan amenazados y en peligro todos los demás”. Esto es un fragmento extraído del Discurso de Acusación de Francisco de Paula Gonzáles Vigil al presidente Agustín Gamarra (1832), que considero importante citar dada la coyuntura: se ha querido vulnerar el fuero parlamentario en el marco del proceso de elección de los nuevos miembros del Tribunal Constitucional (TC). A pesar de que 6 de los 7 magistrados del TC tienen mandatos vencidos desde el año 2019 y que modificamos su ley orgánica para garantizar que el proceso de elección sea meritocrático y transparente, el Parlamento ha sido presa de ataques infames para impedir que cumpla con su mandato constitucional. Esto en clara contravención de los principios de separación y equilibrio de poderes, los cuales no solo están destinados a distribuir competencias a cada poder del Estado, sino que también implican la colaboración entre cada uno de ellos para así mejorar el ejercicio de sus funciones, tal como lo ha expresado en diversas sentencias el propio TC. Es así que el primer acto de interferencia vino por parte de una jueza prevaricadora que ordenó suspender el proceso de elección. Y a pesar de que la OCMA decidió investigar a la referida magistrada, la presidenta del Poder Judicial no dudó en avalar públicamente dicha resolución inconstitucional y antidemocrática. Luego, el Ministerio Público, de manera exprés y arbitraria, abrió investigación contra un grupo de congresistas en un claro afán de amedrentamiento e intimidación. Esta decisión debe ser condenada y rechazada en un Estado constitucional de derecho. Por ello, nuestro deber era seguir con dicho proceso, y así lo hicimos. Además, la Constitución es clara al señalar que los congresistas no estamos sujetos a mandato imperativo ni a interpelación, así como no somos responsables por las opiniones y votos que emitimos en el ejercicio de nuestras funciones, con lo cual todo acto en contrario es nulo e inejecutable. De esta manera, impedimos lo que denominamos el “Golpe 2.0” contra el Parlamento, el cual es una nueva forma de golpe de Estado que ya no es con tanques y balas, sino que ahora es con el manejo perverso y vil de las instituciones del país, conforme hemos podido identificar en el accionar del Poder Judicial y Ministerio Público. Y todo esto bajo el silencio cómplice del presidente Sagasti, lo cual denunciamos a viva voz sabiendo que la verdad de los hechos y la Constitución nos avalan y dan la razón. Franco Salinas, congresista y vocero de la bancada Acción Popular, para el diario El Comercio.

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